Inspección técnica de edificios (ITE) en Cataluña: cuándo toca y qué pasa si sale desfavorable
En Cataluña, los edificios de viviendas deben pasar la inspección técnica (ITE) el año en que cumplen 45 años, según el Decreto 67/2015. El resultado es un certificado de aptitud con validez de 10, 6 o 3 años según las deficiencias. Si sale desfavorable, toca aprobar un programa de rehabilitación y hacer las obras.
¿Qué es la ITE y quién está obligado?
La inspección técnica de los edificios de viviendas es una revisión visual que hace un técnico competente para conocer el estado de conservación del edificio y orientar a la propiedad sobre las obras necesarias. La regula el Decreto 67/2015, de 5 de mayo, de fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas. La gestiona la Agència de l’Habitatge de Catalunya, dentro del Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica.
Según la guía municipal del Ayuntamiento de Mollet del Vallès y la información de la Generalitat, la obligación depende de la antigüedad:
- Edificios plurifamiliares: los construidos a partir de 1971 deben pasar la ITE el año en que cumplen 45 años. Los anteriores tenían calendarios que ya han vencido.
- Viviendas unifamiliares: las construidas a partir de 1975, también al cumplir 45 años.
- Exclusiones: las unifamiliares separadas 1,5 metros o más de la vía pública y de las fincas vecinas, y las que tienen cédula de habitabilidad vigente, hasta que caduque.
- Otros casos: edificios que se acojan a programas públicos de rehabilitación o en los que lo exija una ordenanza o programa local.
La fecha que cuenta es la de construcción que consta en el Catastro. Un bloque terminado en 1981 debe pasar la ITE en 2026; uno de 1982, en 2027.
¿Cómo saber si tu edificio ya tiene la ITE?
Si vives en un bloque, lo más rápido es preguntar al administrador de la finca o a la presidencia: el informe y el certificado deben estar en la documentación de la comunidad. Si no aparecen, hay dos comprobaciones sencillas:
- Año de construcción en el Catastro. Te dice cuándo cumple o cumplió el edificio 45 años.
- Copia del certificado vigente. El portal de trámites de la Generalitat permite pedir una copia de un certificado de aptitud que esté en vigor.
Muchos bloques construidos en los años sesenta y setenta en ciudades del Vallès, como Sabadell, Terrassa o Cerdanyola, ya han superado los 45 años. Si tu edificio es de esa época y nadie en la comunidad sabe nada de la ITE, conviene ponerlo en el orden del día de la próxima junta.
¿Quién la hace y quién la paga?
La hace un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador, normalmente) con la herramienta oficial de la Generalitat para generar el informe. Con ese informe, la propiedad pide a la Administración el certificado de aptitud. Según la información recogida por 3Cat, la solicitud debe presentarse en un máximo de cuatro meses desde que se cierra el informe.
El coste corre a cargo de los propietarios. En un edificio en régimen de propiedad horizontal, lo paga la comunidad. La falta de recursos no exime de la obligación, y la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda califica como infracción grave no disponer del informe.
Los tres resultados posibles
El técnico clasifica las deficiencias como leves, importantes, graves o muy graves. A partir de ahí, la Administración emite uno de estos certificados:
- Apto: sin deficiencias o solo leves. Validez de 10 años.
- Apto provisional: deficiencias importantes. Validez de 6 años, con revisiones a los 2 y 4 años.
- Apto cautelar: deficiencias graves o muy graves. Validez de 3 años, con revisiones como mínimo cada 12 meses.
Antes de que caduque el certificado, el edificio tiene que pasar una nueva inspección. Es decir, la ITE no es un trámite único: se repite durante toda la vida del edificio.
¿Qué pasa si la ITE sale desfavorable?
«Desfavorable» suele querer decir que el informe detecta deficiencias importantes, graves o muy graves. Aun así, hay que pedir el certificado. Lo que cambia es lo que la comunidad tiene que hacer después:
- Medidas cautelares inmediatas si hay riesgo para personas: retirar elementos sueltos de fachada, apuntalar, colocar redes o vallar zonas. Si no se adoptan, se deniega el certificado.
- Programa de rehabilitación aprobado por la junta, con un fondo de reserva que garantice su ejecución.
- Obras por fases según la gravedad, con supervisión técnica, empezando por lo más urgente.
Deficiencias habituales y cómo se reparan
En edificios de 45 años o más, las deficiencias suelen concentrarse en las zonas expuestas a la intemperie y en las instalaciones comunes:
Fachadas y balcones
Revocos que se desprenden, cantos de balcón con el hormigón descascarillado y armaduras oxidadas, cornisas fisuradas. Es la reparación más frecuente y, muchas veces, la más urgente. La hacemos con rehabilitación de fachadas sin andamio, con técnicos de trabajos verticales.
Cubiertas y azoteas
Impermeabilizaciones agotadas, juntas abiertas y filtraciones al último piso. Si ya hay goteras, mira qué hacer con las goteras en el último piso. La solución pasa por la impermeabilización de cubiertas.
Patios de luces y bajantes
Bajantes de fibrocemento o hierro fundido con fugas, humedades en paredes del patio y revestimientos dañados. Los reparamos desde arriba en patios de luces y bajantes.
Instalaciones comunes
Instalaciones eléctricas de zonas comunes antiguas, redes de agua deterioradas o falta de accesibilidad. Requieren otros oficios y, a veces, proyecto técnico.
¿Andamio o trabajos verticales?
Para reparar lo que señala una ITE, muchas veces no hace falta montar un andamio en toda la fachada. Con trabajos verticales se accede a cada punto colgados de cuerdas, se reduce la ocupación de la vía pública y se trabaja por zonas. No sirve para todo: cuando la intervención es muy extensa puede compensar el andamio. Lo comparamos en trabajos verticales o andamio.
¿Quién paga las obras y hay ayudas?
Las obras de conservación de elementos comunes las paga la comunidad según los coeficientes de participación, salvo que los estatutos digan otra cosa. Lo explicamos con más detalle en quién paga la reparación de la fachada. Tener la ITE y el programa de rehabilitación al día suele ser un requisito para optar a ayudas; mira cuáles hay en ayudas para rehabilitar viviendas en Cataluña en 2026.
Cómo trabajamos con una ITE desfavorable
Visitamos el edificio con el informe de la ITE en la mano, revisamos cada deficiencia y te entregamos un presupuesto cerrado y por escrito, desglosado partida a partida en el mismo orden que el informe, para que la junta pueda priorizar. Un único encargado coordina la obra y te informamos cada semana. Trabajamos en Sabadell y en un radio de unos 70 km, con base en el Vallès Occidental; si tu edificio está en Sabadell, tienes más información en rehabilitación de fachadas en Sabadell.
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- Ayudas para rehabilitar viviendas y edificios en Cataluña en 2026
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo tiene que pasar la ITE mi edificio en Cataluña?
El año en que cumple 45 años según la fecha de construcción del Catastro, en edificios plurifamiliares construidos a partir de 1971 y unifamiliares a partir de 1975.
¿Cada cuánto se repite la ITE?
Depende del certificado: 10 años si es apto, 6 años si es apto provisional y 3 años si es apto cautelar, con revisiones intermedias en los dos últimos casos.
¿Qué pasa si no hago la ITE?
La Ley 18/2007 del derecho a la vivienda considera infracción grave no disponer del informe, que puede comportar sanciones. Además, sin ITE al día es difícil optar a ayudas a la rehabilitación.
¿Hay que hacer las obras enseguida si sale desfavorable?
Las medidas cautelares, sí, de forma inmediata. El resto se ordena en un programa de rehabilitación aprobado por la junta y se puede ejecutar por fases según la gravedad.
¿Tu edificio tiene deficiencias en la ITE?
Revisamos el informe, visitamos el edificio y te damos un presupuesto por partidas para presentar a la junta. Llámanos al 935 32 63 07 o al 641 279 478, escríbenos por WhatsApp al 667 094 888, envía un correo a info@especu.com o usa el formulario de contacto.
